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Debates sobre apropiación cultural y propiedad colectiva

Debates sobre apropiación cultural y propiedad colectiva
Tradición colectiva de día de muertos

En las últimas décadas, la apropiación cultural se ha convertido en uno de los temas más discutidos dentro de las ciencias sociales, las artes y los estudios culturales. La expansión de los medios de comunicación, la globalización y el auge de las industrias creativas han potenciado los intercambios culturales, pero también han profundizado tensiones históricas relacionadas con la desigualdad, el colonialismo y la explotación simbólica. Frente a ello, emerge con fuerza la noción de propiedad colectiva, vinculada a los derechos culturales de los pueblos y a la protección del patrimonio cultural inmaterial, como una forma de resistencia y reivindicación de las comunidades portadoras.


El debate sobre apropiación cultural no es nuevo, pero sí ha adquirido nuevos matices en el siglo XXI. El interés por lo “étnico”, lo “autóctono” o lo “ancestral” ha sido incorporado por el mercado global como fuente de inspiración estética y comercial, generando una tensión entre intercambio cultural legítimo y explotación cultural injusta. Esta tensión plantea preguntas fundamentales: ¿Dónde termina el intercambio cultural y comienza la apropiación? ¿Quién tiene derecho sobre los símbolos, saberes y expresiones culturales colectivas? ¿Cómo pueden las comunidades proteger sus tradiciones sin quedar atrapadas en una visión esencialista o folclorizante de su cultura?


Apropiación cultural: entre intercambio y desigualdad

Orígenes conceptuales

El concepto de apropiación cultural surge principalmente en los debates anglosajones de la década de 1980, especialmente en los estudios poscoloniales y culturales. Autores como Edward Said (1978), con su noción de orientalismo, abrieron la discusión sobre cómo las representaciones culturales pueden servir para sostener relaciones de poder y dominación. Posteriormente, teóricos como bell hooks (1992), Stuart Hall (1997) y James O. Young (2008) profundizaron en la idea de que la apropiación cultural ocurre cuando una cultura dominante adopta elementos de una cultura subordinada sin reconocimiento, consentimiento ni reciprocidad.


La apropiación cultural no se refiere simplemente al uso de elementos de otra cultura, sino al contexto de desigualdad en el que dicho uso ocurre. Es decir, lo problemático no es el contacto cultural en sí, sino el modo en que este reproduce jerarquías históricas y asimetrías de poder. Como explica Hall (1997), las culturas están en constante flujo e intercambio, pero cuando uno de los actores posee mayor poder económico, mediático o político, dicho intercambio se transforma en apropiación.


Dimensiones éticas y simbólicas

La apropiación cultural plantea dilemas éticos en torno al respeto, la representación y la retribución. Por un lado, puede invisibilizar a las comunidades originarias y despojar sus expresiones de significado, reduciéndolas a mercancías estéticas. Por otro, puede contribuir a la perpetuación de estereotipos y narrativas coloniales. Según Rogers (2006), existen al menos cuatro tipos de apropiación: la de intercambio (bidireccional y consensuada), la de explotación (unilateral y lucrativa), la de dominación (impuesta por la cultura dominante) y la de transculturación (cuando hay hibridación y resignificación).


La apropiación cultural, entonces, no es solo una cuestión de derechos económicos o de propiedad intelectual, sino de dignidad cultural. A través de ella se negocia quién tiene autoridad para representar, reinterpretar o lucrar con una tradición. En muchos casos, la apropiación ocurre sin mala intención, pero los efectos pueden ser profundamente lesivos para las comunidades portadoras, especialmente cuando su patrimonio es utilizado para fines comerciales sin reconocimiento.


Propiedad colectiva y derechos culturales

El patrimonio como bien común

Frente a la mercantilización de las culturas, el concepto de propiedad colectiva surge como una herramienta política y jurídica para proteger el patrimonio cultural de los pueblos. A diferencia de la propiedad privada, la propiedad colectiva reconoce que los conocimientos, expresiones, prácticas y símbolos son producto de una creación comunitaria acumulativa, transmitida de generación en generación. Por tanto, no pueden ser apropiados ni explotados por individuos o empresas sin consentimiento de la comunidad.


La Convención de la UNESCO para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial (2003) refuerza esta visión al establecer que los elementos del patrimonio pertenecen a las comunidades, grupos e individuos que los reconocen como propios. Este marco internacional ha permitido que numerosos pueblos indígenas y comunidades tradicionales reclamen derechos sobre sus saberes, expresiones artísticas, medicina tradicional, música, danza y artesanía.


Limitaciones del sistema de propiedad intelectual

Sin embargo, los sistemas jurídicos actuales, basados en la noción de autor individual y derechos exclusivos, resultan insuficientes para proteger las creaciones colectivas. Como señala Néstor García Canclini (1990), las políticas culturales latinoamericanas han oscilado entre la protección del patrimonio y la apertura al mercado, sin lograr resolver la tensión entre tradición y modernidad. Las leyes de propiedad intelectual están pensadas para productos definidos y temporales, mientras que las expresiones culturales son dinámicas, colectivas y en constante transformación.


La propiedad colectiva implica un cambio de paradigma: del autor al portador, del producto al proceso, del valor económico al valor simbólico. Este cambio exige reconocer que las culturas no son recursos a ser explotados, sino sistemas de significado que configuran la identidad y la memoria de los pueblos.


Entre globalización y digitalización: nuevos escenarios

Las industrias culturales y la estetización de la diversidad

La globalización ha convertido la cultura en un recurso económico. La “economía naranja” o “economía creativa” promueve la idea de que la diversidad cultural es una ventaja competitiva. No obstante, como advierte George Yúdice (2002), este discurso puede instrumentalizar la cultura al ponerla al servicio del mercado, vaciándola de su contenido político y comunitario. La estetización de la diversidad, presente en festivales, moda y publicidad, puede ocultar las desigualdades que subyacen a las relaciones interculturales.


Las industrias culturales, al mercantilizar los símbolos, corren el riesgo de transformar la cultura viva en producto de consumo. Frente a esto, la propiedad colectiva y los derechos culturales deben garantizar que las comunidades participen de los beneficios y mantengan control sobre el uso de sus expresiones.


En el contexto digital, la apropiación cultural adquiere nuevas formas. Las redes sociales amplifican la circulación de imágenes, músicas y estilos, diluyendo las fronteras entre autoría y apropiación. Un ejemplo son los influencers o marcas que utilizan elementos de culturas indígenas o afrodescendientes para generar contenido sin contextualización ni reconocimiento.


Asimismo, la inteligencia artificial y las plataformas de generación de contenido han comenzado a replicar patrones culturales sin autorización. Esto plantea preguntas inéditas sobre la propiedad colectiva digital: ¿puede una comunidad reclamar derechos sobre una danza, canción o diseño que ha sido recreado por algoritmos? ¿Cómo se protege el conocimiento tradicional en entornos digitales globales?


Estos retos exigen una nueva ética digital basada en el respeto, la colaboración y la trazabilidad cultural. La educación patrimonial y la alfabetización mediática son herramientas claves para formar ciudadanos capaces de reconocer la diferencia entre homenaje y apropiación.


El riesgo del esencialismo

Uno de los mayores peligros en los debates sobre apropiación cultural es caer en el esencialismo cultural, es decir, considerar las culturas como entidades fijas, puras y cerradas. Desde la perspectiva de García Canclini (1990), las culturas latinoamericanas son híbridas por naturaleza, resultado de procesos históricos de mestizaje, resistencia y adaptación. Por tanto, es imposible trazar límites absolutos entre lo propio y lo ajeno.

La defensa de la propiedad colectiva no debe implicar la clausura de los procesos creativos ni la fetichización de la autenticidad. Más bien, se trata de construir relaciones interculturales basadas en el respeto y la equidad, reconociendo las trayectorias históricas y los derechos de las comunidades portadoras.


Hacia una ética del reconocimiento

El filósofo Charles Taylor (1994) propone una ética del reconocimiento, según la cual las identidades culturales requieren ser reconocidas públicamente para existir con dignidad. Aplicado al campo de la apropiación cultural, esto implica reconocer la autoría colectiva, el valor simbólico y la agencia de los pueblos en la producción cultural. La apropiación deja de ser problemática cuando se basa en diálogo, reciprocidad y beneficio compartido.


El reconocimiento no es solo una cuestión moral, sino también política y económica. Implica transformar las estructuras que han permitido que algunas culturas sean sistemáticamente explotadas. Las políticas culturales y los mecanismos de salvaguarda deben, por tanto, fortalecer la capacidad de las comunidades para decidir sobre su propio patrimonio.


Retos para la salvaguarda contemporánea

El siglo XXI plantea desafíos inéditos para la salvaguarda del patrimonio cultural inmaterial. La globalización, la digitalización y la creciente movilidad humana multiplican los escenarios de contacto cultural. En este contexto, los Estados, las organizaciones internacionales y las comunidades enfrentan la tarea de equilibrar la apertura cultural con la protección de los derechos colectivos.


Algunos de los principales retos son:

  1. Reconocimiento jurídico efectivo de la propiedad colectiva, más allá de los marcos patrimoniales simbólicos.

  2. Educación intercultural, que fomente el respeto por la diversidad sin caer en la apropiación o exotización.

  3. Participación activa de las comunidades en la toma de decisiones sobre su patrimonio.

  4. Gestión ética del patrimonio en entornos digitales, donde los contenidos circulan sin fronteras.

  5. Modelos de economía cultural solidaria, que permitan que las comunidades se beneficien directamente de sus expresiones sin perder autonomía.


Los debates sobre apropiación cultural y propiedad colectiva revelan tensiones profundas entre cultura, poder y economía. Más que simples disputas por símbolos, se trata de luchas por reconocimiento, justicia y soberanía cultural. En un mundo donde la diversidad se celebra al mismo tiempo que se explota, el desafío consiste en construir relaciones culturales equitativas y respetuosas.


La apropiación cultural no puede abordarse desde una lógica de censura o exclusión, sino desde una ética de responsabilidad y reciprocidad. Reconocer la propiedad colectiva es reconocer que las culturas son tejidos vivos, creados y sostenidos por comunidades que merecen respeto, participación y beneficio justo. Solo así la globalización cultural podrá convertirse en un espacio de encuentro y no de despojo.




Bibliografía consultada

  • Canclini, Néstor García. Culturas híbridas: estrategias para entrar y salir de la modernidad. México: Grijalbo, 1990.

  • Hall, Stuart. Representation: Cultural Representations and Signifying Practices. Londres: Sage, 1997.

  • hooks, bell. “Eating the Other: Desire and Resistance”. En Black Looks: Race and Representation. Boston: South End Press, 1992.

  • Rogers, Richard. “From Cultural Exchange to Transculturation: A Review and Reconceptualization of Cultural Appropriation”. Communication Theory, 16(4), 474–503, 2006.

  • Said, Edward. Orientalism. Nueva York: Vintage Books, 1978.

  • Taylor, Charles. The Politics of Recognition. En Multiculturalism and “The Politics of Recognition”. Princeton: Princeton University Press, 1994.

  • UNESCO. Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial. París, 2003.

  • Yúdice, George. El recurso de la cultura: usos de la cultura en la era global. Barcelona: Gedisa, 2002.

  • Young, James O. Cultural Appropriation and the Arts. Malden: Blackwell, 2008.

  • Ziff, Bruce & Rao, Pratima (eds.). Borrowed Power: Essays on Cultural Appropriation. New Brunswick: Rutgers University Press, 1997.


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